El ajuste se realizó en cumplimiento del artículo 78 de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 'Colombia Potencia Mundial de la Vida', del señor presidente Dr. Gustavo Petro Urrego.
La normatividad establece que el aporte a salud a cargo de los pensionados que devengan entre 2 y 3 salarios mínimos se reducirá del 12 % al 10 % y regirá a partir de la vigencia de 2024, previa reglamentación del Gobierno nacional.
Para el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, “los pensionados se verán beneficiados, ya que recibirán una mesada neta superior a la que hubieran obtenido sin esta disminución del aporte en salud oficiada por el Gobierno nacional para el grupo poblacional descrito. Además, se protegerá el poder adquisitivo de su pensión”.
Con el fin de generar mayor entendimiento del tema, se plantean dos ejemplos:
• Un pensionado que devenga $2.600.001 en el año 2024, sin la reducción presentada por el Gobierno
pagaría por concepto de salud $312.000, lo que corresponde al 12 %, según la norma anterior. Con la
reducción planteada a través del Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”,
este pensionado pagará ahora por concepto de salud el 10 %, esto es $260.000, lo que se traduce en un
ahorro de $52.000 mensuales, $624.000 al año.
• En el caso de una persona pensionada que devenga $3.900.000 en el año 2024, sin la reducción de
propuesta por el gobierno pagaría por concepto de salud $468.000, lo que corresponde al 12 %, según
la norma anterior. Con la reducción, pagará por concepto de salud el 10 %, es decir, $390.000, lo que se
traduce en un ahorro de $78.000 mensuales, un valor de $936.000 al año.
La reducción del aporte de salud a los pensionados que reciben entre 2 y 3 salarios mínimos se realiza de acuerdo con los siguientes lineamientos legales:
• Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019, en su artículo 142, ordenó la modificación de la cotización mensual en salud a cargo de los pensionados, artículo a su vez adicionado por el parágrafo 5° al artículo 204 de la Ley 100 de 1993.
• Ley 2294 del 19 del (Julio 10): “Por la cual se adiciona y efectúan unas modificaciones al Presupuesto
General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023”, a su vez adicionada en el artículo 78, así:
• ARTÍCULO 78. Adiciónese un inciso al parágrafo 5 del artículo 204 de la Ley 100 de 1993, el cual
quedará así:
• ARTÍCULO 204. Monto y distribución de las cotizaciones.
• (...) El aporte a salud a cargo de los pensionados que devengan entre 2 y 3 salarios mínimos se reducirá del 12% al 10%, el cual regirá a partir de la vigencia de 2024 previa reglamentación del Gobierno nacional, la cual hace parte de la agenda social que se presentará al Congreso de la República. (…)”.
Tabla de descuentos que permanecen Cotización mensual Salario mínimo legal
legales mensuales año 2024
vigentes (SMLMV)
1 salario mínimo 4% $1.300.000
Mayor a 1 y hasta 2 salarios mínimos 10% $1.300.001 - $2.600.001
Mayor a 3 salarios mínimos 12% $3.900.001
La medida entra en vigencia con la expedición de la Resolución 1271 de 2023, del Ministerio de Salud yProtección Social y hace parte de la agenda social que se presentará al Congreso de la República.
El ministerio informó que la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) ya se encuentra ajustada para que los pensionados que devenguen estas mesadas pensionales reciban el beneficio.
Indicó que las personas pensionadas que se encuentren en este rango recibirán más dinero en cada mesada pensional, tendrán más capacidad de ahorro y mejorarán las condiciones de vida para ellos y sus familias.
0 Comentarios