En una decisión trascendental, la Corte Constitucional anunció el martes 12 de diciembre la revocación de las normas establecidas en los artículos 42 y 44 de la Ley 2277 de 2022, conocida como Reforma Tributaria. Estas disposiciones imponían un impuesto unificado a las personas naturales dedicadas a profesiones liberales bajo el régimen simple de tributación.
La medida afectaba directamente a aquellos profesionales que ejercen actividades relacionadas con la educación, la atención de la salud humana, la asistencia social, así como los servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomina el factor intelectual sobre el material.
La Corte Constitucional fundamentó su decisión en un cargo de inconstitucionalidad presentado contra los artículos 42 y 44, los cuales modificaron los artículos 905 y 908 del Estatuto Tributario. Según el alto tribunal, estos apartes normativos generaban un trato desigual e injustificado, especialmente en lo que respecta al tope y la tarifa aplicable en el marco del Régimen Simple de Tributación (RST).
La Sala Plena de la Corte consideró que, si bien el propósito de las disposiciones demandadas era reducir las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes que optaran por el régimen, impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el enfoque utilizado resultaba drástico y desigual.
La revocación de estos artículos implica un alivio para las profesiones liberales, ya que se evita la imposición de hasta seis impuestos en uno solo, como estaba contemplado inicialmente. Los contribuyentes de este sector ahora se beneficiarán de una revisión integral de las tarifas y condiciones tributarias, siempre y cuando el Congreso decida regular el impuesto unificado bajo el RST para esta población.
La Corte Constitucional, en su fallo, exhortó al Congreso a realizar dicha regulación teniendo en cuenta los criterios establecidos en su decisión. Este giro en la política tributaria busca encontrar un equilibrio entre la simplificación de las obligaciones fiscales y la equidad en el tratamiento de los contribuyentes, especialmente para las micro y pequeñas empresas que opten por este modelo opcional de tributación.
La noticia representa un cambio significativo en el panorama tributario para las profesiones liberales, quienes ven alivio tras la revisión constitucional de las disposiciones impugnadas
0 Comentarios