La
noche de este jueves 13 de enero el Ministerio de Salud y el Ministerio de
Trabajo de Colombia han emitido la Circular 004 conjunta en la que se
especifica como será el proceso de aislamiento e incapacidades por COVID-19 a
partir de la fecha y con motivo del cuarto pico de la pandemia
Se
recomienda como primera acción extremar las medidas de bioseguridad, y asi
disminuir la demanda de servicios de salud.
Aislamiento
OBLIGATORIO de 7 días tanto para sintomáticos como asintomáticos que hayan
tenido contacto estrecho con personas contagiadas.
Para las personas sintomáticas no se
requiere prueba diagnóstica, excepto mayores de 60 años, menores de 3 años y
quienes padecen comorbilidades.
En el
caso de los asintomáticos deben aislarse de manera preventiva, desde el
primer momento en que se tiene conocimiento de haber contacto estrecho con
persona contagiada con covid.
En
cuanto a las incapacidades, se recomienda al médico tratante indagar sobre la
actividad que realiza la persona afectada y la posibilidad de ejercer
teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa antes de emitir este
documento.
Para el caso del asintomático que no pueda
ejercer actividades remotas se le sugiere ordenar la toma de prueba para
Covid-19. Si el resultado de la prueba es negativo se suspenderá el
aislamiento y podrá el trabajador reintegrarse a las actividades
presenciales.
CICRCULAR 004 CONJUNTA DE MINSALUD Y MINTRABAJO SOBRE
CUARTO PICO DE PANDEMIA EN COLOMBIA
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